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"ZONAS DE EXCLUSIÓN": ¿UNA HERRAMIENTA DEL PODER PARA EXPULSAR A LOS DAMNIFICADOS POR EL VOLCÁN DE LA PALMA?

"El Cabildo prolonga indefinidamente restricciones que afectan derechos básicos sin respaldo científico ni legal", denuncian

Cuatro años después de que el volcán Tajogaite apagase su furia, cientos de damnificados en La Palma siguen atrapados en un limbo legal y administrativo. La asociación Tierra Bonita denuncia que las llamadas "zonas de exclusión", impuestas por el Cabildo sin justificación científica clara ni base legal sólida, han pasado de ser medidas de protección a convertirse en instrumentos de control que impiden a los vecinos reconstruir sus vidas sobre sus propios terrenos.

Por A. RAMÍREZ PARA CANARIAS-SEMANAL.ORG.-

 

   La isla de La Palma se enfrenta a un nuevo capítulo de tensiones jurídicas y sociales en pleno cuarto aniversario del fin de la erupción del volcán Tajogaite. Aunque el desastre físico terminó oficialmente el 25 de diciembre de 2021 tras 85 días de actividad volcánica, dejando una huella profunda y marcando un antes y un después para miles de personas, la gestión de la “poscrisis” continúa siendo motivo de controversia, frustración y disputas jurídicas  entre las autoridades políticas  y los vecinos afectados. 

 

  La asociación palmera Tierra Bonita ha elevado nuevamente la voz contra la gestión del Cabildo Insular, denunciando el mantenimiento de las denominadas “zonas de exclusión” y la persistencia del denominado semáforo amarillo —el nivel de alerta volcánica en vigor dentro del Plan de Emergencias Volcánicas (PEVOLCA)—, cuatro años después de que cesara la actividad volcánica del Tajogaite. Para este colectivo, estas medidas carecen de justificación técnica actual y afectan de forma grave a los derechos de propiedad y uso de quienes tenían viviendas o fincas en zonas que, a día de hoy  -dicen- "no presentan riesgo de emisiones peligrosas ni anomalías térmicas".

 

EL SEMÁFORO AMARILLO Y SUS CONTRADICCIONES

 

   El semáforo volcánico establecido por PEVOLCA estaba diseñado como una herramienta transitoria para gestionar fases de riesgo elevado, evolucionando desde estados de alerta más graves hacia niveles de normalización conforme la actividad se redujera.

 

   Sin embargo, el mantenimiento del nivel amarillo —que implica restricciones específicas— ha generado perplejidad y malestar en amplios sectores de la sociedad palmera, que consideran que la situación volcánica ya no justifica esta clasificación y que, por tanto, debería pasar al nivel verde, que implicaría la supresión de la mayoría de las limitaciones administrativas aún vigentes. 

  

    El PEVOLCA, plan coordinado entre administraciones para gestionar el riesgo volcánico en Canarias, establece que la activación, desactivación y cambio de niveles de emergencia debe basarse en indicadores científicos y evolutivos de riesgo, como actividad sísmica, emisiones o temperaturas anómalas.

 

   No obstante, según Tierra Bonita, la decisión de mantener la alerta es administrativa y no responde a informes técnicos actualizados publicados que avalen una amenaza real para la población. 

 

¿QUÉ SON LAS ZONAS DE EXCLUSIÓN?

    Las zonas de exclusión son áreas delimitadas por decretos del Cabildo que prohíben el acceso y uso de terrenos y propiedades privados. Estas restricciones, implantadas tras la erupción para proteger la seguridad de las personas y evitar riesgos asociados a posibles emanaciones residuales de gases o condiciones peligrosas, han sido prorrogadas de forma sucesiva por resoluciones administrativas que, según los críticos, "carecen de cobertura jurídica clara y adecuada". 

 

   En este sentido, Tierra Bonita argumenta que el Cabildo sigue dictando decretos equivalentes y sucesivos —como el Decreto 2025/12388 en vigor desde principios de diciembre— "sin justificar científicamente la medida ni identificar la autoría técnica de los supuestos criterios que avalan su mantenimiento".

 

   Además, denuncian que esta prolongación indefinida "no solo vulnera derechos de propiedad sino que impide a los afectados planificar su futuro, reconstruir, cultivar, o decidir sobre sus bienes, en una isla donde buena parte de la recuperación permanece marcada por la incertidumbre". 

  

   Otra de las críticas fundamentales es la ausencia de este instrumento de zona de exclusión en la legislación vigente, lo que, según Tierra Bonita, "deja sin fundamento jurídico la imposición de prohibiciones generales e indefinidas de acceso".

 

    Esta ausencia normativa podría invalidar, de facto, la validez de tales restricciones, pero su mantenimiento sigue vigente mientras los recursos administrativos y judiciales siguen su curso.

 

LA DISPUTA JUDICIAL Y LA “OBSTRUCCIÓN” A LA JUSTICIA

    La polémica ha escalado hasta el ámbito judicial. Tierra Bonita ha presentado recursos contra varios decretos anteriores —como el 2024/5732 y el 2024/12897— y ahora contra el más reciente, ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). El colectivo acusa al Cabildo de no facilitar al tribunal toda la documentación relevante para evaluar de forma completa la actuación administrativa, lo que interpretan como una estrategia para dilatar procesos y obligar a impugnar repetidamente actos de administración que, sostienen, son sustancialmente idénticos. 

 

   La asociación subraya que esta forma de actuar podría constituir, en su conjunto, un serio vicio jurídico que afecta al derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. Más aún, advierten que la repetición de decretos equivalentes sin la debida transparencia y cooperación con el órgano judicial no solo prolonga la inseguridad jurídica, sino que podría acarrear consecuencias civil e incluso penal para quienes estén obstaculizando el acceso a documentos esenciales del caso. 

 

LA LEY DE VOLCANES Y LA RECUPERACIÓN TERRITORIAL

   Más allá de los decretos insulares, existe un marco jurídico más amplio que ha sido invocado por Tierra Bonita. La nueva Ley de Volcanes de Canarias, vigente desde 2025, establece principios de conocimiento científico, proporcionalidad, temporalidad de las medidas y participación pública en la gestión post eruptiva. Junto a la Ley 2/2024 de recuperación territorial y urbanística de La Palma, que promueve la reconstrucción económica y social con participación ciudadana y seguridad jurídica, estas normas elevan aún más el contraste con las políticas restrictivas que se aplican en la práctica.

 

   Para los afectados, este contraste no es menor. Consideran que la existencia de estas leyes no se refleja en la gestión concreta de la recuperación, pues pese a estar pensadas para facilitar el acceso a procedimientos para rehabilitar o reubicar edificaciones y actividades agrícolas en terrenos afectados por coladas de menor espesor, la ausencia de protocolos claros y mecanismos operativos ha dejado en el limbo a muchos propietarios sin posibilidades reales de ejercer esos derechos.

 

   Para muchas familias palmeras, el problema no es solo jurídico o administrativo: es profundamente humano. Las coladas volcánicas de la erupción de 2021 destruyeron viviendas, campos de cultivo, infraestructuras y modos de vida, obligando a miles de personas a abandonar sus hogares y sus rutinas. 

 
 
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