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Miércoles, 01 de Octubre de 2025 Tiempo de lectura:

LAS ADMINISTRACIONES CANARIAS VIOLAN SISTEMÁTICAMENTE LA LEY DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Solo el 7 % de los 819 órganos de contratación inspeccionados cumplen con la ley

En Canarias, la ley que debería garantizar la transparencia y la equidad en la contratación pública es, en la práctica, papel mojado. Un demoledor informe revela que la mayoría de las administraciones ignoran sistemáticamente sus obligaciones legales, amparándose en la figura del contrato menor para adjudicar a dedo y sin control. Esta práctica, lejos de ser anecdótica, se ha convertido en norma y ha abierto la puerta a dinámicas clientelares y posibles casos de corrupción.

Por EUGENIO FERNÁNDEZ PARA CANARIAS-SEMANAL.ORG.-

 

    En Canarias, un reciente informe de la Audiencia de Cuentas acaba de revelar una realidad inquietante: solo el 7 % de los órganos de contratación pública inspectados en 2022 cumplía con la ley que obliga a planificar y programar las contrataciones. Esto significa que la enorme mayoría de las administraciones públicas canarias actúa sin respetar un deber básico de transparencia y organización, tal como exige la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), vigente en todo el Estado español.

 

   La LCSP, que transpone al ordenamiento jurídico español las directivas europeas sobre contratación pública, establece que todas las administraciones deben planificar con antelación sus actividades de contratación y publicar esa programación para garantizar transparencia, concurrencia y eficiencia. Esta ley tiene como objetivo general que los recursos públicos se gestionen con criterios de igualdad de acceso, publicidad y competencia real entre oferentes.

 

   Sin embargo, tal y como denuncia el informe, el 60 % de las contrataciones en los ayuntamientos y entidades locales canarias se realiza mediante "contratos menores", un procedimiento diseñado para situaciones imprevistas y excepcionales que, en la práctica, se ha convertido en la regla general. Estos contratos, además de evitar la planificación y la concurrencia, se publican con menos exigencias que los procedimientos ordinarios y, en muchas ocasiones, ni siquiera están sujetos a una fiscalización estricta.

 

   El presidente de la Audiencia de Cuentas de Canarias, Pedro Pacheco, califica esta situación de “preocupante” y recuerda que la utilización generalizada de los contratos menores “no favorece la transparencia ni la igualdad de acceso y distorsiona la competencia”. Pacheco advierte que estos procedimientos, al evitar trámites administrativos complejos, pueden ser utilizados “de una manera muy generalizada” y con propósitos poco claros.

 

  Solo seis entidades del ámbito autonómico —destacando el Servicio Canario de la Salud por su cumplimiento de las obligaciones legales— y 29 órganos locales (la mayoría cabildos) han programado sus contrataciones de forma adecuada. En el resto de los ayuntamientos, la planificación contractual brilla por su ausencia y la evaluación posterior de esas planificaciones, que también es obligatoria, es aún más escasa.

 

UN SISTEMA QUE NORMALIZA LO IRREGULAR

   Desde una perspectiva técnica, la contratación menor está prevista en el artículo 118 de la LCSP para adjudicar contratos cuyo valor estimado no supere ciertos umbrales (normalmente 40000 € para obras o 15.000 € para suministros y servicios), y todavía así exige la publicación trimestral de su objeto, duración, importe y adjudicatario. En teoría, esta figura es un mecanismo ágil y útil, pero su uso excesivo puede convertirlo en una forma de eludir los mecanismos de control público.

 

  Este patrón no es exclusivo de Canarias. Informes de otros órganos fiscalizadores estatales advierten sobre el uso abusivo de los contratos menores en universidades públicas, hospitales y administraciones autonómicas, donde este tipo de contratos representa más de la mitad de las adjudicaciones y a menudo carece de publicidad suficiente.

 

PUERTAS ABIERTAS A LA CORRUPCIÓN
  
   Más allá de su uso generalizado e irregular en Canarias, y en el resto del Estado, los contratos menores no son solo un problema técnico de gestión administrativa. Se han convertido en un instrumento que facilita la corrupción y el desvío de fondos públicos hacia intereses privados. La ausencia de planificación, la falta de publicidad y la escasa fiscalización convierten estas adjudicaciones en espacios donde las relaciones personales, los favores políticos y los intereses comerciales pueden entrelazarse sin apenas controles efectivos.

 

  Un ejemplo paradigmático en el archipiélago es el conocido como ‘Caso Valka’, en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. En esta investigación judicial, varios contratos vinculados al suministro y riego de agua por el área de Parques y Jardines —en muchos casos fraccionados para encajar en el umbral de los contratos menores— están siendo objeto de instrucción por presuntos delitos de malversación agravada, falsedad documental, prevaricación administrativa y fraude a la administración, entre otros, por un perjuicio que podría superar los 250.000 € en recursos públicos.  La exconcejala de Servicios Públicos Inmaculada Medina —que dimitió tras quedar imputada en este caso— habría aprobado y firmado múltiples resoluciones de gasto sin exigir comprobación técnica real de los servicios contratados, favoreciendo así a la empresa adjudicataria Guerra Patrimonial FGG S.L. y a los responsables técnicos implicados en la trama.


  Este caso no es excepcional en España. Investigaciones recientes han constatado que la utilización abusiva de contratos menores también facilita adjudicaciones directas sin concurso público en ámbitos como la sanidad madrileña, donde un informe ciudadano encontró que más del 99 % de los contratos fueron menores, con múltiples adjudicaciones sin concurrencia real y posibles indicios de fraccionamiento irregular.

 

Son tan solo dos ejemplos que ilustran cómo, cuando los controles legales son débiles o se ignoran deliberadamente, los contratos menores pueden transformarse de una herramienta administrativa excepcional en un mecanismo para desviar fondos públicos, premiar relaciones de compadreo y generar redes clientelares, erosionando la confianza en las instituciones y el cumplimiento de la ley.

 

LAS PROPUESTAS DE LA AUDIENCIA DE CUENTAS

   

-Más allá de las críticas, el informe de la Audiencia de Cuentas propone medidas concretas:

 

-  Crear una normativa autonómica que precise contenidos y periodicidad de la programación contractual.

 

- Fortalecer las competencias de la Dirección General de Patrimonio para aclarar obligaciones de publicación previa y evaluación de la contratación.elDiario.es

 

-  Fomentar una cultura administrativa donde la programación no sea vista como una “maría” sino como un instrumento esencial de control y transparencia.

 

  Sin embargo, una mejora real requeriría cambios más profundos en las relaciones entre el Estado y el mercado capitalista. Esto implicaría reforzar no solo la normativa, sino también los mecanismos reales de control ciudadano, auditoría independiente y sanción efectiva a quienes violen las leyes de contratación pública, así como políticas públicas que prioricen el interés general sobre los intereses de cuantos lucran en torno a la administración pública.

 
 
 
 
 
 
 
 
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