
EL SUPREMO CONFIRMA LA CONDENA AL PERIODISTA BORO DE LA HAINE
Por el macroproceso conocido como "Operación Araña"
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el periodista de La Haine Boro LH, por la condena de año y medio que se le impuso en el marco de la conocida como "Operación Araña" (...).
El Tribunal Supremo, presidido por los jueces Pablo Llarena Conde, Carmen Lamela Díaz, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Antonio del Moral García, ha desestimado el recurso presentado por el periodista de La Haine Boro LH, por la condena de año y medio que se le impuso en el marco de la conocida como "Operación Araña". Un macroproceso abierto contra abierto contra usuarios de izquierdas de las redes sociales por expresar sus opiniones en Internet
Según el Supremo, los mensajes emitido por el periodista en estas redes
"desbordan los anchos linderos de las libertades ideológica y de expresión" y que no hace falta "probar que el emisor tuviese un propósito específico y deliberado de fometar acciones terroristas concretas (...), se castiga la contribución a generar y alimentar determinado clima o atmósfera (delito de peligro abstracto), no un influjo en las acciones terroristas concretas".
La sentencia afirma que "los mensajes han de ser examinados en su contexto cronológico concreto, un momento en el que la banda terrorista a la que se refieren no estaba disuelta", pese a que están escritos a partir de mayo de 2012 y ETA declaró su alto el fuego permanente en enero de 2011. Según el Tribunal de excepción español las publicaciones que compartió el periodista alentaban a que "germinase el discurso del odio".
El Tribunal mantiene la condena condenándole también al pago de las costas causadas.
"El Estado español - denunció el periodista en su cuenta de Facebook - me condena para amordazarme y tenerme bajo la amenaza constante de cárcel, ya que, aunque pediremos la suspensión de la condena por ser menor a dos años y carecer de antecedentes, a partir de ahora ya tendré antecedentes penales".
"Y si a estos señores les sigue molestando mi trabajo -añadió - cualquier excusa será buena para quitarme de en medio cuando ellos quieran. Pese a ello, me reafirmo en mi defensa del derecho de libertad de expresión y en mi trabajo, que al final ha sido el que ha motivado esta persecución ideológica, y no un puñado de publicaciones en Facebook (la mayoría compartidas desde otras cuentas, es decir, no eran ni mías) que no llegan a ningún lado".
"La "justicia" española - afirma Boro LH - ha quedado una vez más en evidencia una vez más como lo que es: El brazo jurídico de un estado que ni siquiera respeta derechos reconocidos en su sacrosanta Constitución como los de libertad de expresión y libertad ideológica".
"Lo dije una vez - concluye el joven periodista de La Haine - y hoy lo repito, a los medios de comunicación popular y a los que los hacemos ninguna mordaza nos va a tocar la boca".
El Tribunal Supremo, presidido por los jueces Pablo Llarena Conde, Carmen Lamela Díaz, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre y Antonio del Moral García, ha desestimado el recurso presentado por el periodista de La Haine Boro LH, por la condena de año y medio que se le impuso en el marco de la conocida como "Operación Araña". Un macroproceso abierto contra abierto contra usuarios de izquierdas de las redes sociales por expresar sus opiniones en Internet
Según el Supremo, los mensajes emitido por el periodista en estas redes
"desbordan los anchos linderos de las libertades ideológica y de expresión" y que no hace falta "probar que el emisor tuviese un propósito específico y deliberado de fometar acciones terroristas concretas (...), se castiga la contribución a generar y alimentar determinado clima o atmósfera (delito de peligro abstracto), no un influjo en las acciones terroristas concretas".
La sentencia afirma que "los mensajes han de ser examinados en su contexto cronológico concreto, un momento en el que la banda terrorista a la que se refieren no estaba disuelta", pese a que están escritos a partir de mayo de 2012 y ETA declaró su alto el fuego permanente en enero de 2011. Según el Tribunal de excepción español las publicaciones que compartió el periodista alentaban a que "germinase el discurso del odio".
El Tribunal mantiene la condena condenándole también al pago de las costas causadas.
"El Estado español - denunció el periodista en su cuenta de Facebook - me condena para amordazarme y tenerme bajo la amenaza constante de cárcel, ya que, aunque pediremos la suspensión de la condena por ser menor a dos años y carecer de antecedentes, a partir de ahora ya tendré antecedentes penales".
"Y si a estos señores les sigue molestando mi trabajo -añadió - cualquier excusa será buena para quitarme de en medio cuando ellos quieran. Pese a ello, me reafirmo en mi defensa del derecho de libertad de expresión y en mi trabajo, que al final ha sido el que ha motivado esta persecución ideológica, y no un puñado de publicaciones en Facebook (la mayoría compartidas desde otras cuentas, es decir, no eran ni mías) que no llegan a ningún lado".
"La "justicia" española - afirma Boro LH - ha quedado una vez más en evidencia una vez más como lo que es: El brazo jurídico de un estado que ni siquiera respeta derechos reconocidos en su sacrosanta Constitución como los de libertad de expresión y libertad ideológica".
"Lo dije una vez - concluye el joven periodista de La Haine - y hoy lo repito, a los medios de comunicación popular y a los que los hacemos ninguna mordaza nos va a tocar la boca".
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