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LA LEY DE CAMBIO CLIMÁTICO DE CANARIAS CONTINUARÁ ESPERANDO: EL PARLAMENTO VUELVE A RETRASAR LAS ENMIENDAS

La Cámara amplía hasta el 25 de septiembre un trámite decisivo

El Parlamento ha vuelto a ampliar el plazo de enmiendas a la reforma de la Ley Canaria de Cambio Climático. Mientras continúa la tramitación, el Gobierno avanza en las zonas destinadas a acelerar renovables, donde se juega mucho más que la instalación de molinos y placas solares.

Por A. RAMÍREZ PARA CANARIAS-SEMANAL.ORG.-

 

   La reforma de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética de Canarias vuelve a retrasarse. La Mesa del Parlamento acordó el 15 de septiembre una nueva prórroga del plazo para presentar enmiendas al articulado del proyecto, cuyo vencimiento pasa ahora al 25 de septiembre. El dato puede parecer un trámite parlamentario menor, pero afecta a una norma que determina dónde y bajo qué condiciones podrán desarrollarse inversiones energéticas, qué obligaciones asumirán promotores y propietarios y cómo se compatibilizará la expansión renovable con territorio, agricultura y protección ambiental. La propia ficha oficial de la iniciativa confirma la nueva ampliación del plazo.

 

  El retraso resulta especialmente significativo porque la reforma procede de un decreto ley aprobado en enero por el Gobierno autonómico y posteriormente transformado en proyecto de ley. Es decir, una modificación presentada bajo una fórmula reservada para situaciones de extraordinaria y urgente necesidad lleva meses sometida a sucesivas ampliaciones del periodo de enmiendas.

 

  La paradoja no es solamente política. Mientras el Parlamento prolonga la discusión legislativa, la Administración continúa desarrollando uno de los instrumentos centrales del nuevo modelo: las Zonas de Aceleración de Energías Renovables, las llamadas ZAR.

 

ACELERAR LOS PROYECTOS, ALARGAR LA LEY

   Las ZAR son áreas previamente delimitadas en las que la Administración pretende concentrar proyectos solares y eólicos considerados territorialmente adecuados. La idea responde a un problema real: Canarias necesita sustituir combustibles fósiles, pero durante años ha autorizado instalaciones mediante procedimientos dispersos, lentos y frecuentemente conflictivos.

 

  La planificación previa puede reducir esa incertidumbre.

 

  El Decreto ley 1/2026 establece que las ZAR deben determinarse mediante decreto del Gobierno con colaboración de los cabildos. Excluye espacios naturales protegidos y Red Natura 2000 y vincula su funcionamiento al marco europeo de aceleración de renovables. También modifica determinadas reglas territoriales para facilitar proyectos dentro de esas zonas.

 

  El Gobierno sostiene que la fórmula dará seguridad jurídica a promotores sin sacrificar garantías ambientales. En El Hierro, por ejemplo, Ejecutivo y Cabildo han propuesto 561 hectáreas como áreas aptas o condicionadas para renovables, con especial atención a la fotovoltaica como complemento del sistema hidroeólico existente.

 

  Lanzarote muestra, sin embargo, por qué el asunto no puede reducirse a acelerar permisos. Gobierno y Cabildo tuvieron que acordar en marzo una revisión de los mapas inicialmente preparados para corregir errores materiales y reforzar las garantías ambientales.

 

  La discusión es profundamente económica porque una ZAR no es solamente una mancha sobre un mapa. Convertir una superficie en área preferente para renovables modifica expectativas sobre el suelo. Puede atraer promotores, aumentar el interés por determinadas parcelas, condicionar infraestructuras eléctricas y facilitar inversiones de millones de euros.   Por eso importa saber quién es propietario del terreno, quién desarrolla el proyecto, quién financia la instalación, quién vende posteriormente la electricidad y qué parte del rendimiento económico permanece en la isla.

 

EL TERRITORIO NO ES EL ÚNICO RECURSO EN JUEGO

  Canarias importa todavía gran parte de la energía que consume en forma de combustibles fósiles. Aumentar renovables puede reducir esa dependencia y evitar que una porción considerable del dinero pagado por hogares y empresas salga del Archipiélago para adquirir petróleo y derivados.  Pero sustituir petróleo importado por aerogeneradores o plantas fotovoltaicas no determina automáticamente quién controlará el nuevo sistema.   Una instalación renovable puede pertenecer a una comunidad energética local, una cooperativa, una administración pública o una gran compañía. En todos los casos produce electricidad sin quemar combustible, pero la distribución de ingresos y beneficios puede ser completamente distinta.

 

  La reforma impulsada inicialmente por el Gobierno introdujo precisamente mecanismos de participación económica. Entre las previsiones anunciadas figuraba la posibilidad de accionariado local en proyectos renovables terrestres superiores a dos megavatios, con una referencia del 20%.

 

  Ese tipo de mecanismos resulta crucial porque permite discutir algo que frecuentemente queda oculto bajo el porcentaje de energía renovable: la propiedad.

 

  También están en juego los costes de red. Un parque puede producir mucha electricidad, pero si la infraestructura de transporte y distribución no puede absorberla, la inversión pierde utilidad. La planificación energética requiere por ello coordinar generación, almacenamiento, redes y demanda.

 

  La discusión legislativa se produce además cuando el Gobierno central acaba de anunciar una expansión extraordinaria de las redes eléctricas hasta 2030. El plan nacional supera los 17.000 millones de euros y aumenta subestaciones, líneas y posiciones destinadas a nuevos consumos. Para Canarias, con sistemas eléctricos insulares y limitaciones particulares, disponer de red suficiente es una condición previa para aumentar de verdad la penetración renovable.

 

  Nada de esto significa que una prórroga parlamentaria sea necesariamente injustificable. Una legislación que afecta al territorio durante décadas merece debate, enmiendas y correcciones. Las controversias detectadas en Lanzarote demuestran precisamente el coste potencial de precipitar mapas o reglas.

 

  El problema aparece cuando lo provisional se convierte en método permanente.  La Ley Canaria de Cambio Climático fue aprobada originalmente en 2022, modificada mediante decreto ley en 2024, volvió a modificarse mediante otro decreto ley en enero de 2026 y continúa ahora en tramitación parlamentaria. Entretanto, administraciones, propietarios, empresas energéticas y organizaciones ambientales necesitan saber qué reglas terminarán vigentes.  La nueva prórroga hasta el 25 de septiembre añade tiempo para negociar. También prolonga la incertidumbre.

 

  Canarias necesita más renovables, pero la velocidad no puede ser el único indicador del éxito. La cuestión decisiva es qué modelo energético se construye, sobre qué suelo, con qué garantías, quién controla las instalaciones y quién recibe finalmente los beneficios de utilizar un recurso —sol, viento y territorio— que pertenece materialmente a las Islas.

 

 

FUENTES UTILIZADAS

Parlamento de Canarias — tramitación oficial del proyecto de ley 11L/PL-0016 y prórroga hasta el 25 de septiembre

Boletín Oficial de Canarias — Decreto ley 1/2026 de modificación de la Ley de Cambio Climático

Gobierno de Canarias — Zonas de Aceleración Renovable de El Hierro, 20 de mayo de 2026

Gobierno de Canarias — revisión de las ZAR de Lanzarote, 19 de marzo de 2026

 

 
 
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