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UN EXEMPLEADO DE FACEBOOK SEÑALA A ZUCKERBERG COMO CONOCEDOR DE LAS ARTIMAÑAS DE LAS REDES SOCIALES

¿Puede una multinacional tecnológica eludir su responsabilidad cuando conoce los posibles daños de un producto pero mantiene los mecanismos que favorecen su utilización intensiva?

El juicio contra Meta en Estados Unidos plantea una cuestión que desborda ampliamente los tribunales: ¿son las redes sociales simples espacios donde circulan contenidos o productos cuidadosamente diseñados para conseguir que permanezcamos conectados el mayor tiempo posible? El testimonio del antiguo ingeniero de Facebook Arturo Béjar sitúa precisamente el modelo de funcionamiento de estas plataformas en el centro del debate.

  

EQUIPO DE REDACCIÓN DE CS

 

   En un artículo publicado por Jesús Sérvulo González en el periódico español El País, bajo el título

   “Un exempleado de Facebook asegura que la empresa conocía los riesgos de la red social para la salud de los más jóvenes”,

   se recoge el testimonio judicial de Arturo Béjar, antiguo ingeniero de Facebook y posteriormente asesor de la compañía. Su declaración introduce una cuestión fundamental para comprender el conflicto: el problema no residiría únicamente en determinados contenidos perjudiciales publicados en las redes, sino también en la propia forma en que estas plataformas han sido diseñadas.

 

   Según relata González, Béjar sostuvo ante el jurado que Meta conocía los daños que podían sufrir los jóvenes y que, pese a ello, dentro de la empresa tenía mayor importancia incrementar el tiempo que los usuarios permanecían frente a las pantallas. El exempleado trabajó para Facebook entre 2009 y 2015 y regresó en 2019 como asesor independiente sobre cuestiones relacionadas con el bienestar. Dos años después volvió a abandonar la compañía al considerar que sus recomendaciones no eran atendidas.

 

     El contexto de estas declaraciones resulta particularmente importante. Meta afronta un proceso impulsado por California, Colorado, Kentucky y Nueva Jersey. Los fiscales acusan a la multinacional propietaria de Facebook e Instagram de haber diseñado sus plataformas de manera que favorecieran la adicción entre los jóvenes, de haber engañado al público acerca de su seguridad y de recopilar datos pertenecientes a menores de 13 años.

 

    De acuerdo con lo expresado por Béjar, uno de los aspectos decisivos se encuentra en el diseño del producto. El antiguo trabajador sostiene que no bastaba con modificar las políticas de moderación de contenidos. Era necesario transformar las propias características de las aplicaciones para impedir que determinados daños se produjeran desde el principio.

 

    Esta distinción ha cambiado considerablemente la naturaleza del debate. Habitualmente, cuando se habla de los riesgos asociados a Facebook o Instagram, la atención se dirige hacia los mensajes violentos, el acoso, las imágenes sexuales o cualquier otro contenido potencialmente dañino. Sin embargo, el juicio coloca bajo examen algo diferente: los mecanismos utilizados por las plataformas para conseguir que el usuario vuelva repetidamente y prolongue su permanencia.

 

    Según explica González a partir del testimonio, Bejar menciona las notificaciones —incluidas aquellas que recuerdan los cumpleaños de los contactos— y los vídeos cortos capaces de captar la atención y obtener información sobre los gustos del usuario. No se trataría, por tanto, simplemente de un espacio pasivo que recibe aquello que publican millones de personas. Existe detrás una arquitectura tecnológica que selecciona estímulos y busca provocar determinadas respuestas.

 

    Esta circunstancia ayuda a entender por qué el proceso puede adquirir una trascendencia que excede ampliamente a Meta. El artículo recuerda a sus lectores  los paralelismos que algunos establecen con los litigios contra las grandes compañías tabaqueras durante los años noventa. La comparación no significa que tabaco y redes sociales sean productos equivalentes, sino que señala una pregunta común: qué responsabilidad corresponde a una empresa cuando conoce los riesgos asociados a su producto y, al mismo tiempo, introduce características destinadas a fomentar su utilización continuada.

 

    Béjar atribuyó además una responsabilidad destacada a Mark Zuckerberg. Según su declaración, el fundador de Facebook intervenía directamente en numerosos ámbitos de la empresa y establecía prioridades. El antiguo ingeniero relaciona precisamente la búsqueda de fórmulas para aumentar el tiempo de permanencia de los usuarios con las decisiones adoptadas desde la dirección.

 

    Otro dato recogido en el artículo resulta especialmente significativo. Béjar aseguró que “la mitad de las personas que usan Instagram” habían señalado haber padecido alguna experiencia perjudicial durante los siete días anteriores. Su preocupación adquirió además una dimensión personal cuando su propia hija adolescente recibió en Instagram un mensaje sexual no solicitado y encontró dificultades para denunciarlo.

 

    Las consecuencias económicas del proceso podrían ser extraordinarias. El artículo señala que funcionarios estatales han calculado posibles compensaciones de hasta 200.000 millones de dólares, mientras que la propia compañía habría estimado que podrían alcanzar 1,4 billones de dólares. No existe, sin embargo, una petición oficial por esas cantidades.

 

   Meta rechazó las acusaciones. Según recoge el periodista español, la compañía invoca tanto la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense, relacionada con la libertad de expresión, como el artículo 230 de la Ley de Decencia de las Comunicaciones de 1996, que protege a las plataformas frente a determinadas responsabilidades derivadas de los contenidos publicados por terceros.

 

   Pero es precisamente ahí donde aparece una de las claves del proceso: los fiscales están desplazando la discusión desde qué publican los usuarios hacia cómo está construido el producto que utilizan. Si prosperara  ese planteamiento, la cuestión dejaría de limitarse a determinar quién es responsable de un contenido concreto para preguntarse quién responde por mecanismos tecnológicos concebidos para captar y conservar permanentemente la atención.

 

     El juicio, previsto para prolongarse entre seis y ocho semanas, podría contribuir así a redefinir las responsabilidades de las grandes plataformas digitales. Más allá del desenlace judicial, el testimonio de Béjar coloca sobre la mesa una cuestión que millones de usuarios deberían conocer:

   cuando creemos que decidimos libremente permanecer unos minutos más mirando la pantalla, ¿cuánto pertenece realmente a nuestra decisión y cuánto al diseño de una tecnología construida específicamente para conseguir que no nos marchemos?

 

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